AbiertoAnuncio de licitación · 16SuministrosAMP / GPATED 115/2026

2026CO0069SU - Sistema dinámico de adquisición para el suministro de los equipos de protección individual (EPIs) para BSM y CBSA

Publicación (DOUE)

17 jun 2026

Duración del contrato

3.0 meses

Tipo de procedimiento

Procedimiento restringido

Sede del poder adjudicador

No consta (99999) — ESZZZ

Candidatos preseleccionados

5

Descripción

El objeto del Sistema Dinámico versa en el suministro, en diferentes modalidades, de los equipos de protección individual (EPIs), para Barcelona de Serveis Municipals, S.A. y Cementiris de Barcelona, S.A:

Códigos CPV

18130000

Lotes (1)

LOT-00002026CO0069SU - Sistema dinámico de adquisición para el suministro de los equipos de protección individual (EPIs) para BSM y CBSA

El objeto del Sistema Dinámico versa en el suministro, en diferentes modalidades, de los equipos de protección individual (EPIs), para Barcelona de Serveis Municipals, S.A. y Cementiris de Barcelona, S.A:

181300003 meses

Procedimientos de recurso

Órgano de recurso

Tribunal Català de Contractes del Sector Públic — No consta

Contra el presente acuerdo se puede interponer potestativamente el recurso especial en materia de contratación al que se refiere el artículo 44 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público como órgano competente para la resolución del recurso. El plazo para interponer este recurso es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se haya efectuado la notificación. También se podrá interponer recurso especial fundado, en su caso, en alguna de las causas de nulidad previstas en el apartado 2 del artículo 39 de la LCSP, en los plazos que se indican en las letras a) y b) del artículo 50.2 de la LCSP. El escrito de interposición del recurso podrá presentarse ante el registro del Órgano de Contratación, en el registro del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 51 de la LCSP. Transcurridos 2 meses contados desde el siguiente a la interposición del recurso sin que se haya notificado su resolución, el interesado podrá considerarlo desestimado a los efectos de interponer recurso contencioso administrativo. Alternativamente, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sección Contenciosa Administrativa del Tribunal de Instancia de Barcelona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.

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