AdjudicadoAnuncio de adjudicación · 29ServiciosAMP / GPATED 115/2026

Servicio de soporte y despliegues de la operativa en la prestación de los servicios y lsa soluciones TIC, contrato específico del SDA para la adhesión de proveedores para la contratación de los servicios de definición, gestión, construcción, mantenimiento y operación y el soporte a las soluciones TIC (CTTI-2025-96). Categoria E - Franja 2

Publicación (DOUE)

17 jun 2026

Fecha de adjudicación

10 jun 2026

Valor estimado

2,0 M €

Tipo de procedimiento

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Ofertas recibidas

4 ofertas recibidas

Sede del poder adjudicador

L'Hospitalet de Llobregat (E-08908) — ES511

Descripción

Servicio de soporte y despliegues de la operativa en la prestación de los servicios y lsa soluciones TIC, contrato específico del SDA para la adhesión de proveedores para la contratación de los servicios de definición, gestión, construcción, mantenimiento y operación y el soporte a las soluciones TIC (CTTI-2025-96). Categoria E - Franja 2

Códigos CPV

72000000

Lotes (1)

LOT-0001Servicio de soporte y despliegues de la operativa en la prestación de los servicios y lsa soluciones TIC, contrato específico del SDA para la adhesión de proveedores para la contratación de los servicios de definición, gestión, construcción, mantenimiento y operación y el soporte a las soluciones TIC (CTTI-2025-96). Categoria E - Franja 2
2,0 M €
72000000

Criterios de adjudicación

Criterios relacionados con la calidad del equipo: certificaciones técnicas del equipo adscrito al servicio

Adjudicatario

Procedimientos de recurso

Órgano de recurso

Tribunal Català de Contractes del Sector Públic — Barcelona

se puede interponer potestativamente recurso especial en materia de contratación o bien recurso contencioso administrativo, conforme lo que prevé el artículo 44 y siguientes de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. El recurso especial en materia de contratación se debe interponer ante el órgano de contratación o del órgano competente para la resolución del recurso (Tribunal Català de Contractes del Sector Públic), en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la remisión de la notificación del acto impugnado. Contra la resolución del recurso especial en materia de contratación solo procede interponer recurso contencioso administrativo, conforme con lo que se prevé en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. El recurso contencioso administrativo se interpondrá ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación del acto impugnado, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente

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