Tercer contrato basado para la adquisición de software diverso incluido en el Bloque D, otros fabricantes, del Lote 2 del Acuerdo Marco para la adquisición y mantenimiento de licencias de software diverso de la Administración de la Generalitat de Catalunya y su sector público
Publicación (DOUE)
Fecha de adjudicación
Valor estimado
Tipo de procedimiento
Ofertas recibidas
Sede del poder adjudicador
Descripción
Tercer contrato basado para la adquisición de software diverso incluido en el Bloque D, otros fabricantes, del Lote 2 del Acuerdo Marco para la adquisición y mantenimiento de licencias de software diverso de la Administración de la Generalitat de Catalunya y su sector público
Códigos CPV
Lotes (1)
Criterios de adjudicación
Adjudicatario
Procedimientos de recurso
Órgano de recurso
Tribunal Català de Contractes del Sector Públic — Barcelona
Se puede interponer potestativamente recurso especial en materia de contratación o bien recurso contencioso administrativo, de conformidad con aquello que se prevé al artículo 44 y siguientes del de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. El recurso especial en materia de contratación se tiene que interponer delante del órgano de contratación o del órgano competente para la resolución del recurso (Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público), en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la remisión de la notificación del acto impugnado.