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SERVICIOS DE PROJECT MANAGER PARA LA PLANIFICACIÓN, COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL INTEGRAL DEL PROYECTO Y DE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN DEL PARC AUDIOVISUAL DE CATALUNYA

Publicación (DOUE)

15 jun 2026

Fecha límite de presentación

17 jul 2026 23:59

Duración del contrato

28.9 meses

Tipo de procedimiento

Procedimiento abierto

Sede del poder adjudicador

No consta (99999) — ESZZZ

Descripción

Prestación de los servicios de Project Manager para la planificación, coordinación, seguimiento y control integral del proyecto y de las obras de ampliación del Parc Audiovisual de Catalunya (en adelante, PAC) en la ciudad de Terrassa, así como el seguimiento y control de las obligaciones derivadas de la subvención plurianual asociada al proyecto “Platós”, dentro del proyecto Catalunya Media City, con plazo de justificación previsto para diciembre de 2028.

Códigos CPV

71000000

Lotes (1)

LOT-0000SERVICIOS DE PROJECT MANAGER PARA LA PLANIFICACIÓN, COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL INTEGRAL DEL PROYECTO Y DE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN DEL PARC AUDIOVISUAL DE CATALUNYA

Prestación de los servicios de Project Manager para la planificación, coordinación, seguimiento y control integral del proyecto y de las obras de ampliación del Parc Audiovisual de Catalunya (en adelante, PAC) en la ciudad de Terrassa, así como el seguimiento y control de las obligaciones derivadas de la subvención plurianual asociada al proyecto “Platós”, dentro del proyecto Catalunya Media City, con plazo de justificación previsto para diciembre de 2028.

7100000028.9 meses

Procedimientos de recurso

Órgano de recurso

Tribunal Català de Contractes del Sector Públic — No consta

Los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos de trámite que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; los acuerdos de adjudicación de este contrato y las modificaciones basadas en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 son susceptibles de recurso especial en materia de contratación ante el órgano que los haya adoptado, en los plazos establecidos en el artículo 50 de la LCSP.

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