Acuerdo Marco para la prestación del servicio de comedor escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid y actuaciones complementarias inherentes (267).
Entidad contratante
Publicación (DOUE)
Fecha de adjudicación
Valor estimado
Lotes
Sede del poder adjudicador
Descripción
Constituye el objeto del presente Acuerdo marco la determinación de las condiciones de prestación del servicio de comedor escolar para el alumnado de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid, que impartan enseñanzas en los niveles de Educación Infantil, exclusivamente el segundo ciclo cuando se imparta en colegios públicos, de Educación Primaria y de Educación Especial. No será de aplicación a las Escuelas de Educación Infantil de primer y segundo ciclo de la red pública de la Comunidad de Madrid ni a los centros docentes públicos que presten el servicio de comedor en la modalidad de gestión directa. La declaración de uniformidad implica que, en todos los centros docentes públicos no universitarios citados, durante la vigencia del presente Acuerdo marco y de los contratos basados en el mismo, deberá prestarse el servicio de comedor escolar de conformidad con lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.