Contratación del servicio de impartición de cursos de aptitud profesional (CAP) de renovación para los empleados de la Empresa Malagueña de Transportes S.A.M.
Entidad contratante
Publicación (DOUE)
Fecha de adjudicación
Valor estimado
Duración del contrato
Tipo de procedimiento
Ofertas recibidas
Sede del poder adjudicador
Descripción
El objeto del presente contrato es la prestación de los servicios formativos para la impartición de cursos de aptitud profesional (CAP) de formación continua para el personal conductor de la EMT, dirigido a todo el personal obligado a renovar el certificado de aptitud profesional en el año 2027 y ello, conforme dispone el Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre. La necesidad de esta formación continua supone mantener actualizados los conocimientos esenciales para el ejercicio de sus funciones haciendo hincapié en la seguridad en carretera, la salud y la seguridad en el trabajo y la reducción del impacto medioambiental de la conducción. A fin de dar cumplimiento a la exigencia de formación continua, el personal de conducción profesional debe realizar la formación de reciclaje cada cinco años de una duración de 35 horas, según establece el Art 7.2 del Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.
Códigos CPV
Lotes (1)
El objeto del presente contrato es la prestación de los servicios formativos para la impartición de cursos de aptitud profesional (CAP) de formación continua para el personal conductor de la EMT, dirigido a todo el personal obligado a renovar el certificado de aptitud profesional en el año 2027 y ello, conforme dispone el Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre. La necesidad de esta formación continua supone mantener actualizados los conocimientos esenciales para el ejercicio de sus funciones haciendo hincapié en la seguridad en carretera, la salud y la seguridad en el trabajo y la reducción del impacto medioambiental de la conducción. A fin de dar cumplimiento a la exigencia de formación continua, el personal de conducción profesional debe realizar la formación de reciclaje cada cinco años de una duración de 35 horas, según establece el Art 7.2 del Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.
Criterios de adjudicación